El colegio de los Obispos, sucede al colegio Apostólico y comparte con el romano pontífice (en nuestro caso, son el Jerarca) la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia.
El CIC dice: “El colegio episcopal, cuya cabeza es el sumo pontífice (Jerarca), y del cual son miembros los obispos e virtud de la consagración sacramental y de la comunión jerárquica con la cabeza y miembros del colegio, y en el que continuamente persevera el cuerpo apostólico, es también, en unión con la cabeza y nunca sin esa cabeza, sujeto de la potestad suprema y plena sobre toda la Iglesia”. Esta potestad la ejerce de modo solemne en el Concilio Ecuménico (C. 337 p. 1) y “mediante la acción conjunta de los obispos dispersos por el mundo, promovida o libremente aceptada como tal por el romano pontífice (Jerarca), de modo que se convierta en un acto verdaderamente colegial”. (C. 337 p. 2).